Delitos de "cuello y corbata": despachan a Sala proyecto que amplía responsabilidad penal de empresas

Delitos de

El 14 de enero de 2020 un grupo transversal de diputados liderados por el entonces DC Matías Walker ingresaba el proyecto que modifica diversos cuerpos legales para ampliar la responsabilidad penal de las personas jurídicas y regular el ejercicio de la acción penal, respecto de los delitos contra el orden socioeconómico. Después de poco más de tres años de tramitación, la iniciativa dio un nuevo paso en la Comisión de Constitución del Senado, que ha trabajado en la iniciativa con especial dedicación estas últimas semanas.

En la sesión de este miércoles, con la presencia del ministro de Justicia Luis Cordero, la instancia despachó a la Sala el proyecto que se encuentra en segundo trámite constitucional. El principal objetivo de la iniciativa es sistematizar los delitos conocidos como de “cuello y corbata” y que Chile se ponga al día en materia de legislación penal económica medioambiental.

Tras la sesión, el ministro Cordero explicó a Diario Financiero que este proyecto ha sido largamente esperado, porque amplía la categoría de delitos base de la Ley de Responsabilidad de las Personas Jurídicas, regula delitos económicos y ambientales, que estaban pendientes; y, porque impone deberes y obligaciones preventivas “intensas” a las personas jurídicas. En este sentido, recalcó, el Gobierno considera prioritario su despacho, por lo que desde enero de este año le ha mantenido a suma urgencia y espera que sea despachado a ley lo antes posible.

Cordero detalló que los delitos medioambientales se pueden clasificar en tres grandes bloques: los asociados a contaminación, los asociados a elusión o ejecución de acciones con incumplimiento de las autorizaciones estatales y el que se refiere a la protección de ecosistemas y destacó la relevancia que constituye el que con esta regulación las que actualmente son infracciones pasan a ser delitos ambientales.

Otro tema en el que el ministro hace especial énfasis es en que las penas son de cumplimiento efectivo y también se contemplan inhabilitaciones vinculadas dependiendo del tipo de delito.

“Este proyecto no es posible simplificarlo en una idea. Es posible enviar el mensaje de que tras él se encuentra el combate a la delincuencia o los ilícitos económicos en su más amplia magnitud. Hay desde infracciones al mercado hasta las ambientales, es decir, todas aquellas que puedan cometer las empresas. Y el elemento central es trasladar el deber de diligencia adecuado a las personas jurídicas que gestionen ese tipo de compañías”, resume el secretario de Estado.

A lo que añade que el cambio que impone el proyecto es radical hacia los deberes de prevención y diligencia por parte de las empresas; “y esto es tan relevante para el medioambiente como para el mercado financiero; es muy relevante para efectos de insolvencia, para los delitos clásicos vinculados al ámbito económico, con la estafa; y también es importante para aquellos delitos que pueden comprometer a funcionarios públicos”, detalla.

Mientras que el principal autor de la iniciativa, el senador Matías Walker destacó que una de las características del proyecto es que establece la obligatoriedad de incorporar modelos de compliance de prevención de delitos y, un elemento innovador, es que junto con ello crea el incentivo de eximir a las empresas que los implementan de manera estricta de responsabilidad penal. Adicionalmente, explica, la propuesta sistematiza todos los delitos económicos y medioambientales que estaban dispersos sobre todo en leyes especiales.

“Se le da el carácter de delitos económicos desde las infracciones de la Ley del Mercado de Valores hasta normas relativas al financiamiento ilegal de la política, respecto de la trata de migrantes, las normas de lavado de activos; se le da también un carácter de delito económico a los atentados contra el medioambiente”, detalla el senador.

En materia de penas hace hincapié en que el proyecto establece la responsabilidad especial de quienes tienen control de la empresa, como los gerentes, administradores y/o dueños de las empresas. Pero en paralelo propone incentivos a la colaboración eficaz en la investigación de delitos como la colusión, “donde se premia al primer delator”.

Por otro lado destaca, como elementos innovadores, el comiso de ganancias ilegítimas aún cuando haya sentencia absolutoria o se exima de responsabilidad penal, “nadie puede aprovecharse del enriquecimiento ilícito que proviene de un delito, ni siquiera los herederos, aunque no hayan participado en el delito”; y también se crea la figura de los días multa, es decir, una multa patrimonial por cada día de enriquecimiento ilícito o infracción.

El abogado José Pedro Silva, coordinador del grupo de académicos que elaboró el proyecto, sintetiza su aspecto penal, señalando que “establece un estatuto de determinación de penas  que hace que las penas que establece el legislador tiendan a cumplirse efectivamente como penas privativas de libertad”.

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