El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) resolvió acoger la excepción dilatoria de ineptitud de libelo interpuesta por Indura “sólo en cuanto se ordena a la Fiscalía Nacional Económica (FNE) corregir su requerimiento, dentro de 10 días hábiles, indicando de forma precisa las circunstancias específicas que fueron consideradas para la determinación del monto de la multa solicitada y explicitar cómo éstas fueron ponderadas”.
Junto con eso, rechazó la excepción de ineptitud de libelo y la excepción subsidiaria de corrección del procedimiento del gerente general de Indura, Marcelo Torres, opuestas a folio 75, sin costas.
El 29 de abril, la FNE interpuso un requerimiento en contra de Indura y Linde Gas Chile y los ejecutivos Marcelo Torres, además de Sergio Novelli Da Silva y David Livio Lori por haber infringido el artículo 3° incisos primero y segundo letra a) del Decreto Ley N° 211.
La FNE acusa a las empresas de celebrar y ejecutar un acuerdo de asignación de zonas o cuotas de mercado, a través del cual definieron que cada una mantendría aquellos clientes que ya abastecía. La autoridad sostiene que dicho acuerdo habría tenido lugar, al menos, entre noviembre de 2019 y enero de 2021, en el mercado de la producción y comercialización de gases industriales, medicinales y especiales dentro del territorio nacional.
En su recurso al TDLC, Indura había argumentado que no ha tenido acceso a antecedentes relevantes para su defensa, dado que la FNE ha decretado gran parte de los antecedentes del expediente como confidenciales, a pretexto de que su revelación podría afectar el desarrollo de la investigación.
Junto con eso aseguró que la descripción de los hechos que contiene el requerimiento es vaga, omitiendo explicaciones sobre elementos clave acerca de la implementación, ejecución, contexto, extensión y efectos del acuerdo, e incurriendo en vacíos y omisiones como parte de su estrategia de litigación.
La carta de Indura al Hospital Félix Bulnes donde negó la colusión en licitación de oxígeno