El principal acusado de violar y asesinar a la adolescente Lucía Pérez en octubre de 2016 fue sentenciado este jueves a prisión perpetua por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de la ciudad balnearia de Mar del Plata, que impuso además una pena de 15 años de cárcel al hombre imputado como cómplice.
Matías Farías (29) fue hallado culpable en calidad de autor del delito de "abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida y por el suministro de estupefacientes, en concurso ideal con femicidio", mientras que los jueces entendieron que Juan Pablo Offidani (48) actuó como "partícipe secundario" y le aplicaron un pena de 15 años unificada con una condena previa.
Los jueces Gustavo Fissore, Alexis Simaz y Roberto Falcone realizaron desde las 14.30 la lectura del fallo, con la sentencia para Farías y Offidani. El fallo se dio a conocer en el sexto piso de los tribunales marplatenses y fue transmitido también por el canal de Youtube de la Dirección de Comunicación y Prensa de la Suprema Corte bonaerense, tal como ocurrió con la apertura del juicio y los alegatos de las partes.
Los acusados no estuvieron presentes y siguieron la audiencia de manera remota desde sus lugares de detención, tal como ocurrió en el resto del proceso oral: Farías desde la Unidad Penal de Florencio Varela, y Offidani, desde la Unidad Penal de Batán.
De acuerdo con la instrucción de la causa, Lucía había conocido a ambos acusados un día antes de su muerte, cuando se acercaron a la Escuela Media 3 local a venderle un cigarrillo de marihuana. Según se acreditó, en la tarde del 8 de octubre de 2016 la menor fue llevada a una sala de salud de la zona sur de la ciudad, a donde llegó sin vida, luego de pasar la mañana en la casa de Farías, en Racedo al 4800, en el barrio Alfar.
Peritos que declararon en el juicio señalaron que la principal hipótesis sobre la causa de su muerte apunta a una falla cardíaca vinculada al consumo de cocaína, y señalaron que, si bien no era posible descartarlo, no se hallaron signos de un abuso sexual.
Durante el primer juicio por el caso, en noviembre de 2018, Farías y Offidani fueron condenados a ocho años de prisión por los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale, del TOC 1, pero solo por la venta de drogas en la puerta de la escuela, y fueron absueltos del resto de los cargos.
En agosto de 2020, la Sala IV del Tribunal de Casación bonaerense revocó esas absoluciones, dispuso la "nulidad" del juicio y ordenó la realización de uno nuevo, resolución que fue confirmada un año más tarde por la Corte provincial.