Abuso sexual infantil: ¿qué es la paidocriminalidad?

 Abuso sexual infantil: ¿qué es la paidocriminalidad?

Cuando la sexualidad del adulto (del perpetrador) hace irrupción en el cuerpo del niño forzando por efracción la barrera de para-exciación, el adulto perfora el envoltorio representado por el Yo-Piel del niño y provoca una vivencia disruptiva con consecuencias psíquicas que tienen una grave potencionalidad patógena.

El abusador inscribe una traza en la topología de la superficie corporal del niño, modificando dramáticamente el curso de su organización libidinal e induce una sobrecarga pulsional que desgarra la barrera de su cuerpo infantil. Su subjetividad se ve fuertemente afectada y este daño puede estallar muchos años más tarde, cuando el niño esté en condiciones de darle el verdadero significado traumatogénico al acto padecido. El daño causado es brutal, pero puede quedar enquistado mucho tiempo. Es frecuente que explote años más tarde, verdadera bomba de tiempo, cuyo detonador es provocado por estallido del quiste traumatogénico que daña al niño en su integridad tanto psíquica como física.

Si bien el niño no es una tábula rasa, en la cual el agresor imprime sus pulsiones, dado que la sexualidad infantil existe y precede la intromisión disruptiva del adulto; el curso de su organización libidinal puede sin embargo verse orientado dramáticamente a pesar suyo. El acto abusivo no permite la integración del cuerpo del niño como lo hacen las caricias de la ternura parental. Por el contrario, el abuso lo congela, lo petrifica, lo impregna de pulsión de muerte, marca trazada con un punzón que lo impele a la compulsión a la repetición.

Las caricias no erógenas son portadoras de la pulsión de vida, y tienden a ligar las pulsiones parciales, dando la posibilidad al niño de esbozar movimientos integradores de un Yo corporal rudimentario.

En la seducción traumática predomina la pulsión de muerte que, en lugar de favorecer la integración pulsional, ataca al Yo del niño. Ante el abusador el niño no tiene un estatuto de sujeto sino de objeto parcial al "servicio" del goce perverso del abusador. Para el perpetrador, tiene un mero valor de “objeto fetiche”, no lo respeta como persona.

La identidad del niño queda fuertemente dañada y el impacto no siempre se puede medir inmediatamente después del abuso, sino que es frecuente que su efecto devastador se mida años más tarde, cuando el niño devenido adolescente o adulto podrá resignificar la gravedad de lo disruptivo en una época que no estaba en condiciones de darse cuenta. El niño padece el acto abusivo sin consentimiento (no está en condiciones psíquicas de darlo) ni deseo. Se produce lo que Ferenczi llama una confusión de lenguajes: el niño espera amor y ternura por parte del adulto y este se aprovecha sacando un goce erógeno propio, sin culpa y con desprecio por la integridad del niño.

Si bien todo delito prescribe de acuerdo al Código Penal, este tipo de delitos exige una consideración especial. Por ejemplo, en Francia, estos delitos prescriben tan sólo 10 años luego de alcanzada la mayoría de edad, o sea a los 28 años, teniendo en cuenta que el niño no está siempre en condiciones de madurez psíquica para afrontar la denuncia.

En Argentina se votó en el año 1916 la llamada "ley Piazza", del nombre de la persona que lo impulsó, que amplía los plazos de prescripción de los delitos que afecten la integridad sexual de los menores de edad. La transformación apunta, básicamente, a que los tempos de caducidad comiencen a correr una vez que el abusado cumple la mayoría de edad. En algunos países se está considerando, que al igual que los delitos de lesa humanidad, este tipo de delitos no prescriban. Personalmente pienso que sería un acto legislativo protector y necesario.

Los abusos sexuales, que en realidad son siempre violencias sexuales hacia la infancia, constituyen un verdadero flagelo que deberían ser combatidos por políticas públicas de prevención desde las escuelas primarias por un lado, y por un accionar más decidido y punitorio por parte de la justicia hacia los abusadores por otro. De acuerdo a encuestas internacionales realizadas en 24 países, se considera que entre 8 y 20 % de todos los niños pueden padecer abusos sexuales en la infancia. Esto revela la gravedad de la problemática.

Médico UBA (MN44190), psiquiatra de la Universidad de Paris XII, miembro titular de la Asociación Psicoanalítica Argentina, profesor emérito de la USAL

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