¿Cuál es la diferencia entre el porte y la tenencia de armas?

Más allá del debate público sobre la eficacia que tendrá el Decreto Ejecutivo 707, con el que el presidente Guillermo Lasso felixibiliza la tenencia y porte de armas de fuego para civiles, hay aspectos legales que se deben comprender: ¿Cuál es la diferencia entre la tenencia y el porte?

Según el Código Integral Penal, artículo 360, la tenencia consiste en la posesión de un arma de uso civil, adquirida lícitamente y con fines de defensa personal, deportivo o de colección.

Esta arma debe permanecer en un lugar determinado. Si la persona tiene un permiso para tenencia, su carné indica el tipo de arma, la dirección del domicilio o lugar de trabajo en donde el Estado autoriza a tener el bien, si se saca del perímetro, el dueño comete una infracción penal. 

La norma penal también define el porte, en cambio, como la autorización que recibe una persona que ha adquirido un arma de forma legal para llevarla consigo o tenerla a su alcance, ya sea dentro del vehículo, en la vía pública, etc.

La persona que adquirió un arma de forma legal, pero no tiene permiso comete un delito. Si el arma ilegal es detectada en el interior de la casa, la persona puede ser condena da a una pena de seis meses a un año de cárcel. Si el arma ilegal es confiscada en la vía pública el dueño se enfrenta a una sentencia de tres a cinco años de prisión.

El Decreto 707 también señala como requisito que una persona que ha sido sentenciada no puede tener un arma. Tampoco recibirán autorización personas con problemas mentales, problemas de ira o de consumo de alguna droga como alcohol o sustancias ilegales.

El Estado, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas (FF.AA.), es quien actualmente tiene el sistema de control de armas del país. Pero con el decreto se da un plazo de seis meses para que esté listo el Sistema Informático de Control de Armas y estará a cargo del Ministerio de Defensa.

Hoy, ya se puede tener un arma de fuego, pero los trámites son engorrosos. Por ello hay  limitaciones al comercio y la preparación en escuelas. Con el Decreto 707 se pretendé dar un impulso al comercio de armas importadas. 

El Sistema Informático de Control de Armas que actualmente está operarivo, y a cargo de  los militares, además de registrarse los códigos de cada arma, también se guardan las huellas dactilares de la persona que recibe el permiso y una fotografía que es actualizada de forma periódica. 

El Centro de Control de Armas hace visitas o inspecciones a las personas registradas para validar que el estado y uso correcto del arma, ya que el permiso se renueva cada dos años. La mayoría de los operativos de control son a las empresas de seguridad.

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