“Satisfecho”. Este era el estado de ánimo del ministro de Hacienda, Nicolás Grau, tras la votación del proyecto de reajuste fiscal que la Sala de la Cámara aprobó en general y despachó al Senado, pese a que por no alcanzar el quórum se rechazó, entre otras, la norma más polémica de la iniciativa; aquella que -según el Ejecutivo- resguarda la estabilidad laboral, pero que la oposición bautizó como “ley de amarre”.

En cambio, se aprobó la norma que establece la obligación de los funcionarios de confianza de renunciar a sus cargos junto con el término de la actual administración, con el voto de contra de la oposición.

De este modo, la iniciativa fue despachada al Senado, no quedando del todo claro si esta instancia analizará el proyecto a partir de este jueves -debido a que cuenta con discusión inmediata- o postergará su estudio para la próxima semana. Como sea, los parlamentarios pronostican que la tramitación se alargará, puesto que el Ejecutivo pretende reponer algunas de las normas rechazas este miércoles, como la de estabilidad laboral, puesto a que como explicó Grau son parte del acuerdo alcanzado con la mesa del sector público.

El ministro también destacó que su satisfacción en esta etapa se debe a que la Sala de la Cámara aprobó 119 de los 132 artículos del proyecto y tiene “confianza” -dijo-de alcanzar los necesarios acuerdos en el Senado para que reponga los rechazados.

“Se aprobó de forma mayoritaria el reajuste y todos los beneficios económicos que están acordados con la mesa del sector público, lo que también consideramos muy relevante”, enfatizó el titular de Hacienda.

Entre los artículos que se aprobaron figura también otra aspiración sobre la cual los funcionarios públicos hicieron ver la importancia de su mantención: la prórroga del teletrabajo hasta el año 2028.

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Por otra parte, en lo que respecta a las normas misceláneas, se aprobó el artículo que prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026, “con sujeción a las normas de la Ley sobre Impuesto Territorial, la vigencia de los avalúos de todos los bienes raíces no agrícolas que rijan al 31 de diciembre de 2025; y hasta el 31 de diciembre de 2028 la vigencia de los avalúos de los bienes raíces agrícolas que rijan al 31 de diciembre de 2027”.

También se prorroga el alza gradual de las contribuciones dispuesta en aquellos casos en que no se haya girado el total de la cuota reavaluada durante el segundo semestre de 2025 o 2027, detalla la norma.

En este contexto, se aprobó el artículo que propone que hasta el 31 de diciembre del presente año se incorporan, de manera excepcional, dentro de la definición de Pequeño Productor Agrícola, a aquellos productores que superaron el límite de activos de 3.500 UF, como consecuencia del proceso de reavalúo de bienes agrícolas del año 2020 y 2024, que soliciten mediante declaración jurada simple acogerse a lo dispuesto.

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