AFIP: extendieron los plazos para cargar los datos biométricos

 AFIP: extendieron los plazos para cargar los datos biométricos

Desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) notificaron que los contribuyentes que cuenten y operen con los servicios con clave fiscal, contarán con más tiempo para registrar sus datos biométricos. En cuanto a quienes aún no hayan cumplido con la obligatoriedad de la registración podrán hacerlo de forma progresiva, de acuerdo a la terminación de su CUIT.

Mediante la Resolución General 5336/23, publicada el 30 de marzo en el Boletín Oficial, se estableció que el trámite podrá realizarse en su totalidad de forma virtual mediante la aplicación móvil “Mi AFIP”, por lo que no será obligatorio acercarse a ninguna dependencia del organismo.

Cabe mencionar además que, anteriormente, el organismo había otorgado una prórroga de la excepción para presentar los datos biométricos ante la AFIP hasta el 31 de marzo, beneficio implementado a partir de las restricciones a la circulación por la pandemia de Covid-19 y extendido luego en numerosas oportunidades.

Los "datos biométricos" de la AFIP, son los datos con características únicas de cada persona que facilitan y garantizan la identificación personal a través de sistemas o procedimientos tecnológicos.

Los plazos para cargar los datos biométricos se dividieron según el número de finalización de CUIT:

Todas las personas humanas que operen con clave fiscal deberán tenerlos registrados para poder utilizar los servicios de la AFIP. Además deberán hacerlo quienes actúen como apoderados o representantes legales de personas humanas o jurídicas, que soliciten la CUIT y la inscripción en algún impuesto o régimen.

El día del turno los contribuyentes deberán asistir con su documento de identidad. En este caso, para que la registración sea validada, luego de la toma de datos, se deberá ingresar con clave fiscal al servicio “Aceptación de datos biométricos” para confirmar la foto y firma.

En caso de haber hecho la digitalización de datos biométricos en una dependencia de la AFIP y se hayan rechazado los datos ingresados, se deberá registrar nuevamente sus datos, con turno previo.

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