ANSES: qué pasa con la pensión cuándo el titular fallece

 ANSES: qué pasa con la pensión cuándo el titular fallece

Para los familiares de titulares de las Prestaciones No Contributivas, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) les otorga el derecho a pensión ante el fallecimiento del titular. Para cada caso particular van cambiando los requisitos para cobrarla.

Ante el fallecimiento de la titular, tendrán derecho a cobrarla:

No tendrán derecho a pensión los cónyuges que estuvieran divorciados, separados legalmente o de hecho al momento del fallecimiento de la titular.

Esta pensión resulta incompatible con el cobro de jubilaciones y pensiones las siguientes pensiones:

Ante el fallecimiento de la titular, tendrán derecho a cobrarla:

Esta pensión resulta incompatible con el cobro de determinadas jubilaciones y pensiones, tales como:

Los padres de los veteranos de guerra fallecidos en combate, van a poder acceder a la prestación con la sola acreditación del vínculo.

Si fallece el titular de la prestación, tendrán derecho a cobrarla:

Ante el fallecimiento de la titular, tendrán derecho a cobrarla:

El haber de la pensión será el 75% del haber que percibía el titular original.

El trámite es presencial, sin turno.

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