El trámite obligatorio por el que pueden quitarte la licencia de conducir

 El trámite obligatorio por el que pueden quitarte la licencia de conducir

A la hora de realizar un cambio de domicilio en otra jurisdicción, es de vital importancia actualizar la nueva dirección a la licencia de conducir, ya que de no hacerlo dentro de los 90 días de producido el cambio, los conductores se exponen a la quita de su carnet. Esta obligación surge del decreto provincial 532/09 que reglamenta la Ley de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires.

El mismo sostiene que “Todo dato del conductor que se encuentre en la Licencia debe estar actualizado en forma permanente debiendo denunciar a la brevedad todo cambio de los datos consignados en ella, en la jurisdicción que corresponda”. Los ciudadanos deben comunicarlo en la Oficina de Licencias de Conducir de la jurisdicción donde tienen nueva residencia.

Cabe aclarar que el cambio obligatorio únicamente aplica si la dirección nueva figura en otra jurisdicción, ya que si por ejemplo el cambio ocurre dentro de la Capital Federal no hay penalización. Para contextualizar, esto quiere decir que si en el registro figura un domicilio en Almagro y en el DNI uno en Palermo no implicaría una sanción.

Muy distinto es el caso si en nuestro documento figura una dirección en La Matanza y en el carnet otra en Capital Federal. En ese caso si serían dos jurisdicciones distintas, por lo cual se debería actualizar también el domicilio en la licencia. Si no, se declara inválida.

Durante los 90 días habilitados para realizar la actualización solo se tendrá que realizar una renovación del registro, por lo que no se deberá rendir los exámenes teóricos ni prácticos; sí se deberá abonar las multas municipales y de antecedentes de tránsito.

Caso contrario es si la licencia fue secuestrada, ya que el conductor debe iniciar todo el trámite de cero, incluido el curso, examen de manejo y asistir a la charla de orientación, como si fuera un principiante.

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